Apelaciones de Deportación

Cómo funciona el proceso de apelaciones de deportación en Canadá

Si ha recibido una orden de deportación de la División de Inmigración (ID) o de la Agencia de Servicios Fronterizos de Canadá (CBSA), es posible que tenga derecho a solicitar apelaciones de deportación ante los tribunales. Si usted es un residente permanente de Canadá o un refugiado y se le ordena ser expulsado de Canadá, puede presentar una apelación ante la División de Apelaciones de Inmigración (IAD, por sus siglas en inglés) dentro de los 30 días posteriores a la recepción de la orden de expulsión.

Sin embargo, es posible que no tenga derecho a apelar como residente permanente si se ha determinado que es inadmisible en Canadá debido a su participación en la delincuencia organizada o en violaciones de los derechos humanos o internacionales, a delitos graves (ha sido castigado en Canadá con una sentencia de prisión de al menos seis meses) u otros motivos de seguridad graves.

En la mayoría de los casos, se programará una audiencia dentro de unos meses o dentro de un año o más. Una vez programada la audiencia de apelación, la documentación de divulgación debe presentarse al menos 20 días antes de la audiencia a las dos partes, el Departamento de Asuntos Internos y el abogado del Ministro. Esta documentación debe demostrar su establecimiento en Canadá, sus lazos familiares y otros lazos con Canadá, así como las dificultades que podría enfrentar si expulsado a su país de ciudadanía, etc. – los factores a favor de la no expulsión. Estos factores basados en la documentación y su testimonio tendrán peso en comparación con los de su remoción. La persona que toma la decisión puede proporcionar su decisión verbalmente al final de la audiencia, pero en la mayoría de los casos, recibirá la decisión por escrito unos meses después.

Si se permite la apelación, puede permanecer en Canadá. Si la apelación es desestimada, la CBSA podría expulsarlo de Canadá (consulte Aplicación y Deportación). En algunos casos, la orden de expulsión puede suspenderse, lo que significa su suspensión temporal por un período de tiempo. Esto significa que el Departamento de Asuntos Internos considerará su apelación más tarde. Además, se deben cumplir ciertas condiciones, como reportarse regularmente a una oficina de la CBSA.
Los extranjeros o los que no sean penalmente admisibles no podrán recurrir a la DAI. Sin embargo, la suspensión también se puede obtener a través del Tribunal Federal. Además, el apelante o el abogado del Ministro pueden apelar ante el Tribunal Federal para obtener permiso o permiso para una revisión jurídica de cualquier decisión de la Junta de Inmigración y Refugiados (ver Solicitudes ante el Tribunal Federal).

Los procesos de apelación son complicados y requieren habilidades legales específicas y comprensión de los procedimientos legales, y los procesos de un experto en inmigración.

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