¿Cómo se pagan los gravámenes médicos en un acuerdo por lesiones personales?

Publicado en julio 28, 2021

Gravamen Médico

Los gravámenes médicos se pagan de un acuerdo o fallo por lesiones personales. Cuando las víctimas de accidentes no pueden pagar los costos de su atención, algunos proveedores de atención médica pueden optar por proporcionar esa atención a cambio de un gravamen médico. Luego recuperan los costos de esa atención médica del acusado si el caso de lesiones personales de la víctima tiene éxito.

¿Qué es un gravamen médico o un gravamen hospitalario?

Un gravamen médico, a veces denominado gravamen hospitalario, es un acuerdo entre un paciente y su proveedor de atención médica. El contrato legalmente vinculante se conoce como acuerdo de gravamen. Los gravámenes se utilizan con mayor frecuencia cuando el paciente no tiene otra forma de pagar la atención que necesita después de sufrir lesiones en un accidente.

En el acuerdo de gravamen, la organización de salud se compromete a proporcionar al paciente la atención que necesita. A cambio, la parte lesionada acepta otorgar al proveedor de atención médica un gravamen sobre el producto de su caso de lesiones personales.

Cuando ese caso termina, el proveedor médico o el hospital pueden ejercer el gravamen y recuperar los costos de la atención médica que brindaron del demandado en el caso.

Básicamente, cuando un hospital o proveedor acepta un gravamen médico, está proporcionando atención médica a crédito.

Una vez firmado el acuerdo de gravamen, el proveedor perfeccionará el gravamen notificando a las partes interesadas sobre el acuerdo. Al perfeccionar el gravamen, el proveedor de atención médica garantiza que primero se pagarán a partir del veredicto o acuerdo por lesiones personales. Vienen incluso antes que la víctima, que sería el demandante del caso.

No todos los hospitales, médicos o proveedores trabajarán sobre la base de un gravamen. Saben que los embargos son un riesgo. Si brindan atención a cambio de un gravamen, y luego la víctima pierde el caso de lesiones personales, el proveedor de atención médica solo puede recibir un pago por sus servicios por parte de la víctima. Las limitaciones financieras de la víctima que la obligaron a solicitar un gravamen dificultarán el pago de sus facturas médicas. Esto a menudo significa que las facturas se envían a cobros. Si esto sucede, la institución médica recibirá una fracción de lo que se le debe.

¿Qué pasa si tengo seguro médico, Medicare o Medicaid?

Las víctimas de accidentes automovilísticos que tienen seguro médico, ya sea de una aseguradora privada o a través de Medicare o Medicaid, generalmente no necesitan recurrir a gravámenes médicos. En cambio, la compañía de seguro médico cubre los costos de las facturas médicas de la víctima.

Sin embargo, incluso en estos casos, la víctima aún puede ver que su acuerdo por lesiones personales se come. Sin embargo, en lugar de que un hospital ejerza un gravamen médico, la aseguradora de la víctima recuperará sus pérdidas a través de la subrogación.

La subrogación es el proceso legal de una compañía de seguros que recupera del demandado lo que había pagado al demandante. Los aseguradores generalmente conservan su derecho a la subrogación en su póliza de seguro. Ocurre con mayor frecuencia en el contexto de gastos médicos y una demanda por lesiones personales. Las compañías de seguros de automóviles también pueden recuperar la subrogación de las víctimas que se han beneficiado del seguro med pay. Incluso el gobierno puede tomar de su reclamo con un gravamen de Medicaid o uno a través de la Administración de Veteranos.

Por ejemplo: Zeke se lastima en un accidente automovilístico. Tiene que gastar 3 30,000 para tratamiento médico en la sala de emergencias y en un quiropráctico. Su aseguradora de salud cubre those 27,000 de esos costos. Zeke demanda al conductor que lo atropelló y resuelve el caso por 60.000 dólares. Su proveedor de seguros de salud ejerce su derecho a recuperar los 2 27,000 que había pagado a Zeke por servicios médicos. Ese reembolso viene del acuerdo de Zeke.

Muchas víctimas de accidentes se sorprenden por el concepto de subrogación. Ven a su aseguradora tomar una parte significativa de su dinero de liquidación y piensan que es injusto. Sin embargo, si no hubiera subrogación, las víctimas recibirían una ganancia inesperada. Tendrían sus facturas médicas pagadas por su aseguradora. Luego recuperarían el reembolso de sus facturas médicas en una reclamación exitosa por lesiones personales.

¿Cuánto puede tomar el gravamen de un acuerdo por lesiones personales?

Debido a que un gravamen médico es un contrato legalmente vinculante entre el paciente y el proveedor de atención médica, el proveedor de atención médica tiene derecho al importe total del gravamen. Si el acuerdo por lesiones personales no es suficiente para pagar el gravamen, entonces el gravador puede perseguir al paciente por el resto.

Esto contrasta marcadamente con las víctimas aseguradas. Tienen sus facturas médicas cubiertas por su aseguradora. El asegurador puede entonces ejercer su derecho a la subrogación contra el demandado en el caso para recuperar la cantidad que pagó a la víctima. Muchos estados limitan la cantidad que la aseguradora puede recibir en subrogación. Esas limitaciones no existen para los embargos hospitalarios.

¿Qué pasa si pierdo mi caso de lesiones personales?

Si una víctima de accidente acepta un gravamen médico para pagar su atención médica, pero luego pierde el caso de lesiones personales, la víctima seguirá siendo responsable bajo el gravamen. Esto significa que la víctima será personalmente responsable de pagar sus facturas médicas bajo el acuerdo de gravamen. Si la víctima no puede pagar, el proveedor de atención médica y el gravamen pueden invocar sus derechos legales para cobrar la deuda.

¿Los gravámenes médicos son negociables?

Sí, los gravámenes médicos son negociables, tanto antes como después de la firma del acuerdo. Sin embargo, muchos médicos desconfían de negociar.

Antes de que se haya firmado el acuerdo de gravamen, se puede negociar como cualquier otro contrato. Sin embargo, muchos médicos, especialmente aquellos en consultorios individuales o pequeños, no quieren pasar por la molestia legal de cambiar los términos de su oferta de gravamen. Un abogado de lesiones personales de un bufete de abogados de buena reputación puede ayudar a las víctimas a encontrar un proveedor de atención médica que ofrezca buenos términos para el gravamen.

Después de que se haya firmado el acuerdo de retención, aún puede modificarse si ambas partes están de acuerdo. Esta situación a menudo surge si la víctima recibió una cantidad sustancial de atención, pero luego perdió su reclamo por lesiones personales. Con el asesoramiento legal de un abogado de lesiones personales, las víctimas pueden negociar con el gravador para reducir la cantidad adeudada o elaborar un plan de pago. Muchos proveedores de atención médica preferirían negociar estos tipos de gravámenes que llevar a un paciente a cobros o a la corte.

¿Qué es la ley en California?

California permite que los pacientes y las instituciones médicas firmen acuerdos de gravamen médico.1 Esto hace que California sea diferente de otros estados, como Nueva York, que prohíben estos acuerdos.

Una vez que se firma el acuerdo, la ley de California requiere que el gravador perfeccione el gravamen notificando a las partes interesadas. Si no se envía esta notificación, el gravamen es ineficaz. El aviso debe incluir::

  • el nombre y la dirección de la persona lesionada,
  • la fecha del accidente,
  • el nombre y la ubicación del hospital,
  • la cantidad reclamada como gastos médicos razonables y necesarios, y
  • el nombre de cualquier persona presuntamente responsable ante la víctima.2

Una vez firmado el embargo, es un contrato vinculante. La ley de California no limita cuánto del producto del acuerdo puede agotarse para satisfacer el gravamen. Esto es diferente de la subrogación, donde los siguientes estatutos y doctrinas legales de California protegen el dinero del acuerdo:

  • Código Civil de California 3040,
  • la Doctrina Completa Hecha, y
  • la Doctrina del Fondo Común, que se ocupa de los honorarios de abogados.

Referencias Jurídicas:

  1. Código Civil de California 3045.1 CC.
  2. Código Civil de California 3045.3 CC.

Sobre el Autor

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Neil Shouse

Un ex fiscal de Los Ángeles, el abogado Neil Shouse se graduó con honores de la UC Berkeley y la Facultad de Derecho de Harvard (y completó estudios de posgrado adicionales en el MIT). Ha aparecido en CNN, Good Morning America, Dr Phil, Court TV, The Today Show y Court TV. El Sr. Shouse ha sido reconocido por los Abogados Litigantes Nacionales como uno de los 100 Mejores Abogados Penales y los 100 Mejores Abogados Civiles.

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