Deuda Previa a la Petición Vs. Pagos Posteriores a la Petición
Cuando se trata de presentar la bancarrota del Capítulo 7, las deudas incurridas antes de la presentación se llaman deudas previas a la petición, de las que los deudores son liberados, mientras que las deudas incurridas después de una presentación son pagos posteriores a la petición, que los deudores aún deben pagar.
Puede ser difícil determinar una deuda previa a la petición en comparación con un pago posterior a la petición. Por ejemplo, los pagos hipotecarios, los préstamos para automóviles y otras deudas a plazos garantizadas generalmente vencen mensualmente, pero dado que el préstamo se retiró presumiblemente antes de la presentación, la deuda completa se considera una obligación previa a la petición.
Cuando se trata de pagos posteriores a la petición a servicios públicos, el Código de Bancarrota requiere que los deudores proporcionen una garantía adecuada de pago a la empresa de servicios públicos dentro de los 20 días posteriores a la fecha de la petición. El propósito de esta política es evitar que la amenaza de terminación se use para cobrar deudas previas a la petición, sin forzar a la empresa de servicios públicos a proporcionar servicios por los que nunca se le puede pagar.
Bernstein-Burkley Bankruptcy & El grupo de reestructuración proporciona un conocimiento e investigación sustanciales sobre el tema de las deudas previas a la solicitud frente a los pagos posteriores a la solicitud, y está listo para ayudar a los acreedores y deudores a través del proceso.
Comuníquese con nuestro equipo de Bernstein-Burkley hoy al 412-456-8100 para ver cómo podemos ayudarlo en los servicios de reestructuración de Bancarrota &.
Leave a Reply