Empleo, Asuntos Sociales e Inclusión
La forma en que se calculan las prestaciones de invalidez varía de un país a otro dentro de la Unión Europea. Existen dos métodos principales de cálculo cuando se trata de situaciones transfronterizas.
Métodos de cálculo
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Algunos países aplican una lógica basada en el riesgo (legislación de tipo A). Allí tiene derecho a la misma pensión independientemente de sus períodos de seguro, pero debe estar asegurado cuando se produce la invalidez. Este método de cálculo se aplica únicamente a determinados regímenes enumerados en el anexo VI del Reglamento 883/2004, a saber, los regímenes de la República Checa, Estonia, Irlanda, Grecia, Croacia, Letonia, Hungría, Eslovaquia, Finlandia y Suecia.
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Todos los demás países aplican un método proporcional (legislación de tipo B). Esto significa que la pensión de invalidez se calcula en función de la duración de su período de seguro en cada país: cuanto más tiempo estuvo asegurado antes de convertirse en inválido, mayor será su pensión. Incluso si no estaba asegurado cuando se convirtió en inválido, tendrá derecho a una pensión.
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¿Quién paga su pensión?
Por lo tanto, si ha estado asegurado en varios países antes de quedar inválido, se encontrará en una de las siguientes situaciones:
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Si solo ha estado asegurado en virtud de legislaciones de tipo B, obtendrá una pensión separada de cada país correspondiente a los períodos de seguro que completó allí.
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Si solo ha estado asegurado en virtud de legislaciones de tipo A, y si esta legislación figura en el anexo VI del Reglamento 883/2004, solo obtendrá una pensión del país en el que estaba asegurado cuando se convirtió en inválido.
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Si ha estado asegurado en virtud de dos o más legislaciones de tipo A y B, recibirá una pensión prorrateada de cada uno de estos países.
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