Evitar un Informe del Banco de Datos de un Profesional Nacional

Respuesta:

El NPDB comenzó a operar de conformidad con la ley federal en 1990. Su propósito declarado es alertar a las autoridades estatales que otorgan licencias y a ciertas entidades de atención de la salud (por ejemplo, hospitales) sobre la conducta profesional y la competencia de los médicos, dentistas y otros profesionales de la salud que pueden trasladarse de un estado a otro para evitar ser detectados. El NPDB fue diseñado para recopilar y poner a disposición cierta información sobre los profesionales de la salud.

Los ejemplos de lo que debe notificarse incluyen:

1. Veredictos de negligencia y pagos de liquidación.

2. Acciones de licencia y sanciones tomadas por juntas estatales que censuran, reprenden o de otro modo imponen restricciones a una licencia.

3. Revisión profesional de las acciones tomadas por ciertas entidades de atención médica (como un hospital) que afectan adversamente los privilegios clínicos durante más de 30 días.

4. Acciones adversas tomadas por sociedades profesionales como resultado de una actividad de revisión por pares relacionada con la competencia o conducta profesional de un miembro.

Los informes a la NPDB solo pueden ser realizados por ciertas entidades, incluyendo:
  1. Una entidad que realiza un pago en nombre de un profesional de la salud que resuelve un reclamo de negligencia;
  2. Una junta estatal que ha tomado medidas adversas contra un licenciatario;
  3. Una entidad de revisión por pares de una sociedad profesional que ha tomado medidas adversas contra un miembro relacionadas con su competencia profesional; y
  4. Un hospital que ha tomado medidas adversas contra un miembro de su personal médico, etc.

El NPDB solo puede ser consultado por ciertas personas y solo para ciertos fines. Por ejemplo, un hospital puede consultar a una persona que busca ser admitida en su personal médico, y una junta de licencias del estado puede consultar a un licenciatario o posible licenciatario cuando investiga su competencia o conducta profesional. Los profesionales de la salud pueden realizar una auto-consulta.

Si su aseguradora de negligencia profesional, su corporación profesional o compañía de responsabilidad limitada profesional o cualquier otra persona realiza un pago en su nombre para resolver un reclamo de negligencia, esa aseguradora debe reportar el pago a la NPDB. Una vez que se realice el informe, se dará a conocer a todos aquellos que puedan consultarle en la NPDB. Sin embargo, si realiza el pago usted mismo, no tiene obligación de hacer un informe a la NPDB. Esta es probablemente la razón por la que se le está dando el consejo de (si puede) renunciar a su seguro y hacer el pago de liquidación usted mismo.

No todos los informes de NPDB tendrán consecuencias adversas adicionales para un dentista. Esto es especialmente cierto para los dentistas que no han tenido uno antes y no ejercen en un hospital y no están en el personal médico de un hospital. Si ya hay más de un informe de NPDB (especialmente dentro de un corto período de tiempo) en el archivo, debe considerar seriamente pagar el monto del acuerdo usted mismo y evitar otro. Es probable que varios informes de NPDB conduzcan a una investigación por parte de la Junta de Odontología de Michigan. La mejor práctica sería consultar con su abogado y sopesar el riesgo de un informe, su historial, el monto del pago y otros factores aplicables al tomar esta decisión.

El artículo se puede ver en el Journal of the Michigan Dental Association, en la página 24.

Sobre el autor:

Daniel Schulte Headshot of Daniel J. Schulte de Kerr Russell tiene más de 25 años de experiencia ayudando a clientes a resolver problemas difíciles y capitalizar oportunidades que requieren una combinación de experiencia comercial y legal. Su práctica se centra en abordar los desafíos legales, comerciales, de licencias y regulatorios de los profesionales de la salud, las organizaciones y las instalaciones. Dan entiende cómo los asuntos legales impactan los objetivos de negocio y, como resultado, ofrece a sus clientes asesoramiento práctico y orientado a los resultados. Es Contador Público Certificado, ex socio gerente y actual miembro del comité ejecutivo de la firma. Dan también se desempeña como copresidente del Grupo de Práctica de Atención Médica de la firma.

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