Foulsham & Geddes

El registro de Relaciones de NSW se estableció el 1 de julio de 2010. Permite a los adultos que están en una relación como pareja, independientemente del sexo, registrar su relación, siempre que al menos uno de ellos viva en Nueva Gales del Sur.

Para aplicar, cada pareja debe llenar una solicitud y firmar una declaración jurada confirmando, entre otras cosas, que están en una relación de pareja con otra persona y no está casado o en una relación de pareja con otra persona. Las parejas registradas se reconocen legalmente como “parejas de hecho” a los efectos de la mayoría de la legislación del Commonwealth y de Nueva Gales del Sur.

Registrar una relación de hecho es extremadamente beneficioso. En 2008, la Ley de Derecho de Familia fue enmendada por la Ley de Enmienda del Derecho de Familia (Cuestiones Financieras de Facto y Otras Medidas) de 2008 para permitir que las parejas de hecho (incluidas las parejas del mismo sexo) accedan a los tribunales federales de derecho de familia de la misma manera y forma que las parejas casadas, en caso de que se rompa su relación de hecho (véase el artículo 90SB de la Ley de Derecho de Familia).

Lo que es importante, esto significa que si una relación de hecho rompe el deber de divulgación que se encuentra en el Capítulo 13 de las Reglas del Derecho de Familia de 2004 se aplicará. El deber de divulgación establece que cada parte en una relación de hecho debe”dar a conocer de manera plena y franca toda la información pertinente al caso, de manera oportuna”.

Esto significa que toda la información, incluida la información que la otra parte podría no conocer, debe divulgarse y las partes deben continuar proporcionando información a medida que cambian las circunstancias o se crean más documentos o entran en posesión, poder o control de una parte (ver reg 13.01 de las Reglas de Derecho de Familia 2004).

En los casos de propiedad y financieros, las partes en una relación de hecho deben proporcionar una divulgación completa y franca de sus circunstancias financieras directas e indirectas totales. Esto requiere revelar todas las fuentes de ingresos, intereses, ingresos, propiedades y otros recursos financieros, ya sea que lleguen a la parte directa o indirectamente, o que se mantengan en corporaciones, fideicomisos, compañías u otras estructuras similares (ver reg 12.02 y 13.04 del Reglamento de Derecho de Familia 2004).

La falta de una divulgación adecuada puede tener consecuencias graves. Por ejemplo, el Tribunal puede desestimar todo o parte de los procedimientos, ordenar los costos en su contra o negarse a permitirle usar la información como evidencia en su caso (ver reg 13.14 de las Reglas de Derecho de Familia 2004).

Después de la divulgación, el Tribunal examinará las contribuciones de las partes a la relación y hará los ajustes financieros y de propiedad apropiados. Sin embargo, es importante señalar que, de conformidad con el artículo 90SB de la Ley de Derecho de familia, el Tribunal solo puede dictar órdenes con respecto a la pensión alimenticia y / o la división de bienes si puede estar convencido de que existía una relación de hecho en primer lugar (en el sentido del artículo 4AA de la Ley de Derecho de Familia) y, a continuación, solo si existía uno de los siguientes criterios:

  • el período (o el total de los períodos) de la relación de hecho es de al menos 2 años; o
  • hay un hijo de la relación de hecho; o
  • uno de los socios hizo contribuciones financieras o no financieras sustanciales a sus bienes o como ama de casa o padre y se produciría una grave injusticia para ese compañero si no se hiciera la orden; o
  • la relación de hecho se ha registrado en un Estado o Territorio con leyes para el registro de relaciones.

En este caso, el beneficio de un certificado de registro de facto es doble: puede ayudar a una parte a demostrar la existencia de una relación de facto (véase el artículo 4AA de la Ley de Derecho de familia) y es uno de los cuatro criterios esenciales para que el Tribunal realice un ajuste financiero o de propiedad.

Sin un certificado de registro, las partes son vulnerables a la existencia de la relación que se cuestiona y al Tribunal que declara que no existía una relación de hecho. El resultado inevitable de esto es que el Tribunal no tendrá la facultad de ajustar los intereses patrimoniales de las partes a menos que sea absolutamente necesario y el deber de divulgación no se aplicará porque el Tribunal no tendrá jurisdicción para ordenarlo.

Además, incluso si se descubre que existe una relación de hecho, sin un certificado de registro las partes siguen siendo vulnerables a la falta de jurisdicción para intervenir debido al funcionamiento del artículo 90SB.

Si tiene alguna pregunta sobre si está o no en una relación de facto y las consecuencias de esto, comuníquese con nuestra oficina y hable con uno de nuestros abogados.

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