¿Qué Es La Adulteración De Alimentos?

Colorantes alimentarios
Colorantes alimentarios

La adulteración de alimentos es el proceso en el que la calidad de los alimentos se reduce mediante la adición de material de calidad inferior o mediante la extracción de ingredientes valiosos. No solo incluye la adición o sustitución intencional de las sustancias, sino que la contaminación biológica y química durante el período de crecimiento, almacenamiento, procesamiento, transporte y distribución de los productos alimenticios, también es responsable de la disminución o degradación de la calidad de los productos alimenticios. Los adulterantes son aquellas sustancias que se utilizan para hacer que los productos alimenticios no sean seguros para el consumo humano.

En virtud de las leyes alimentarias anteriores, cualquier producto alimenticio con calidad inferior o degradada solía definirse como Alimento Adulterado, pero en virtud de las nuevas leyes (Ley FSS, 2006), la palabra alimento adulterado se ha denominado Alimento de calidad inferior, Alimento Inseguro o Alimento que contiene la materia extraña.

Se dice que los productos alimenticios se adulteran si su calidad se ve afectada negativamente por la adición de cualquier sustancia perjudicial para la salud o por la extracción de una sustancia nutritiva.

Se dice que un alimento está adulterado si:

  • Una sustancia que se añade es perjudicial para el consumo humano.
  • Una sustancia inferior que sustituya total o parcialmente.
  • Se ha extraído un ingrediente valioso del producto alimenticio, total o parcialmente.

Los diversos tipos de adulterantes que se encuentran en los productos alimenticios son los siguientes:

  1. Adulterantes intencionales, como colorantes, almidón, aceite de pimienta, tintes inyectables y otros.
  2. Adulterantes incidentales; como residuos de plaguicidas, larvas en alimentos, excrementos de roedores.
  3. Contaminantes metálicos; como plomo, arsénico, efluentes de industrias químicas, etc.

De acuerdo con las disposiciones de la Autoridad de Normas y Seguridad Alimentaria de la India, si cualquier persona importa o fabrica para la venta, o almacena o distribuye cualquier adulterante, por sí mismo o por cualquier otra persona en su nombre, será responsable

  1. De una multa de hasta dos lakhs, si el adulterante no es perjudicial para la salud.
  2. Por una multa de hasta Rupias diez lakhs, si el adulterante es perjudicial para la salud.

Además, se establece que, en un procedimiento con arreglo a las disposiciones de la Autoridad de Normas y Seguridad Alimentaria de la India, no constituye defensa el hecho de que el acusado estuviera en posesión de un adúltero en nombre de otra persona.

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