Síndico designado por el Tribunal

Parte 5-Síndico designado por el Tribunal

Octubre de 2013

56.2.125 Introducción

El tribunal puede designar a un síndico en una variedad de circunstancias. Se puede hacer una cita para, por ejemplo, preservar los activos cuando hay una disputa dentro de una sociedad o una empresa en espera de una decisión sobre las cuestiones controvertidas. Este nombramiento tiene por objeto mantener el valor de los bienes de modo que puedan realizarse en beneficio de todas las partes en la controversia. El tribunal podrá designar a un síndico cuando se hayan transferido bienes gravados sin el consentimiento del imputado o en relación con una orden sobre el producto del delito. El tribunal puede designar a un síndico en nombre de un tenedor de obligaciones o acreedor judicial para hacer cumplir el pago.

56.2.126 Facultad del tribunal de nombrar a un síndico

El Tribunal Superior podrá nombrar a un síndico en todos los casos en que parezca justo y equitativo hacerlo . El tribunal del condado puede nombrar a un síndico bajo dos poderes. En primer lugar, puede dictar cualquier orden que pueda dictarse si el proceso se encuentra en el Tribunal Superior . En segundo lugar, el tribunal del condado tiene la facultad de nombrar a un síndico mediante una ejecución equitativa .

56.2.127 ¿Cuándo puede el tribunal nombrar a un síndico ?

El tribunal puede nombrar a un receptor antes de iniciado el proceso, durante los procesos existentes o en o después del juicio . Normalmente, el tribunal solo considerará el nombramiento de un síndico antes de que se inicie el procedimiento.

56.2.128 Solicitud para el nombramiento de un síndico

Una solicitud para el nombramiento de un síndico puede hacerse sin previo aviso y debe estar respaldada por pruebas escritas . La evidencia escrita, de acuerdo con la Instrucción de Práctica 69 de las Reglas de Procedimiento Civil, debe incluir:

  • las razones por las que se requiere el nombramiento;
  • el valor de la propiedad y los ingresos, en su caso, que es probable que produzca;
  • si el síndico actuará sin dar seguridad; y
  • detalles de la persona que se designará síndico, en su caso.

56.2.129 Solicitud de nombramiento de un síndico – ejecución equitativa

Cuando la solicitud de nombramiento de un síndico se realice a modo de ejecución equitativa de la Directriz Práctica 69 del Reglamento de Procedimiento Civil, la solicitud escrita, además de la información contenida en el párrafo 56.2.128, debe incluir detalles de:

  • la resolución;
  • el incumplimiento de la resolución por el deudor;
  • el resultado de las medidas adoptadas para ejecutar la resolución; y
  • por qué la resolución no puede ejecutarse por ningún otro método.

56.2.130 El tribunal considera la solicitud

Cuando la solicitud es impugnada, el tribunal tomará una decisión basada en la prueba de” equilibrio de conveniencia”. Esto implica evaluar el daño a cada una de las partes interesadas si se designó un síndico. En la práctica, el tribunal examinará la solidez del caso del solicitante y nombrará un síndico cuando se considere que los bienes están en peligro. El nombramiento debe preservar los activos en espera de una decisión del tribunal sobre los asuntos en litigio, la validez de la transferencia de activos o el reembolso de la deuda judicial.

56.2.131 El tribunal considera una solicitud de un acreedor judicial

Cuando un acreedor judicial solicita al tribunal el nombramiento de un síndico, el tribunal considerará lo siguiente:

  • la cantidad reclamada por el acreedor judicial;
  • las realizaciones probables por cualquier síndico; y
  • los costos de la cita del síndico.

Es poco probable que se nombre a un síndico cuando haya otros recursos legales disponibles para el acreedor de la sentencia.

56.2.132 El nombramiento de un síndico

El tribunal decide quién será nombrado síndico después de tener en cuenta las opiniones de todas las partes interesadas. El síndico suele ser independiente de las partes interesadas, aunque es posible designar a una persona con interés en el objeto de la reclamación . Cuando se nombra síndico a una parte interesada, generalmente acepta actuar sin sueldo. En al menos un caso de asociación, el tribunal permitió que se pagara un sueldo .

56.2.133 Nombramiento de un síndico en caso de liquidación forzosa de la sociedad

El tribunal podrá designar al síndico oficial como síndico en nombre de un tenedor de obligaciones u otro acreedor en caso de liquidación forzosa de la sociedad .

56.2.134 Quién puede ser designado síndico

El tribunal generalmente puede designar a la persona que considere adecuada para actuar como síndico. Cuando la propiedad pertenece a una sociedad de responsabilidad limitada, el tribunal no puede designar a una persona jurídica como síndico . No se requiere que una persona designada como síndico sea un administrador concursal con licencia. El tribunal puede designar a una persona en quiebra sin cobrar o a una declarada en quiebra sujeta a una orden o compromiso de restricción de quiebra, aunque esto se considere improbable . Un director sujeto a una orden o compromiso de recusación podrá ser nombrado por el tribunal para actuar como síndico, pero solo si obtiene la autorización del tribunal competente para la liquidación .

56.2.135 Notificación de nombramiento

Una copia de la orden judicial de nombramiento del síndico debe ser notificada por la persona que la solicitó a la persona designada síndico, a todas las demás partes interesadas en el procedimiento (a menos que el tribunal ordene lo contrario) y a las demás personas que el tribunal considere oportuno .

56.2.136 Notificación de nombramiento-empresas

Cuando se nombra a un síndico designado por el tribunal como síndico de la propiedad de una empresa, se debe proporcionar notificación de la cita. Cada factura, pedido de bienes y carta comercial emitida por o en nombre de la compañía, y todos los sitios web de la compañía deben contener una declaración de que ha sido designado .

56.2.137 Responsabilidad personal del síndico y seguridad adecuada

Un síndico designado por el tribunal es personalmente responsable de sus actos y omisiones y, como resultado, puede ser requerido por el tribunal para proporcionar seguridad adecuada . Cuando el síndico sea un administrador concursal, podrá constituirse una garantía mediante su fianza. En todos los demás casos, debe proporcionarse a título de garantía . La orden de nombramiento del síndico generalmente incluirá la fecha en la que el síndico debe dar garantía o convencer al tribunal de que la garantía ya está en vigor . El administrador concursal debe presentar pruebas escritas de la fianza y de la idoneidad de su cobertura ante el tribunal. La garantía en forma de garantía debe prepararse en un formulario y formalizarse con un banco de compensación o una compañía de seguros, aprobado por la corte .

56.2.138 Fracaso para proporcionar la seguridad adecuada

Donde el receptor no puede proporcionar seguridad o para satisfacer la corte en cuanto a la seguridad de que él/ella tiene en vigor por dentro del tiempo permitido, el tribunal puede finalizar la intervención (véase el párrafo 56.2.137) .

56.2.139 El síndico es un funcionario de la corte

El síndico es un funcionario de la corte en todos los casos . El receptor debe actuar de manera justa e imparcial. El nombramiento de un síndico funciona como una orden judicial . Cualquier interferencia con los deberes del síndico equivale a desacato al tribunal.

56.2.140 Los deberes y poderes del síndico

El deber de un síndico designado por el tribunal se limita a cobrar los bienes de los que es nombrado síndico y pagar todo el dinero recibido en el tribunal, o según el tribunal indique. La orden de nombramiento del síndico detallará sus poderes. Cuando el receptor deba continuar operando, será nombrado receptor y gerente. Cuando el síndico considere que los poderes son insuficientes, se espera que solicite a los tribunales una prórroga de sus poderes. El tribunal puede dar instrucciones adicionales al síndico en cualquier momento después de su nombramiento.

56.2.141 ¿Qué hace un receptor?

No es posible dar una descripción detallada de lo que hace un síndico designado por el tribunal debido a las muchas circunstancias diferentes para las que puede ser nombrado. Un síndico puede recibir instrucciones del tribunal para administrar un negocio, cobrar alquileres, vender activos o simplemente asegurarse de que la propiedad se conserva hasta que se resuelva una disputa. El caso Bank of Credit and Commerce International SA c. BRS Kumar Brothers Limited es un ejemplo de nombramiento de un síndico para hacer frente a la aplicación indebida deliberada de los activos cobrados por los directores de una empresa insolvente.

56.2.142 Solicitud de instrucciones del síndico

El síndico puede solicitar al tribunal instrucciones en cualquier momento para sus funciones . Cuando no sea probable que las instrucciones solicitadas por el síndico sean contenciosas o importantes para las partes, puede presentar su solicitud al tribunal para obtener instrucciones por carta. El tribunal puede responder por carta o, si considera que una carta es inapropiada, ordenar al síndico que presente y entregue legalmente un aviso de solicitud .

56.2.143 Derecho de un síndico a remuneración y gastos

Un síndico podrá cobrar remuneración cuando el tribunal así lo indique y especifique la base por la que se remunerará al síndico. El tribunal podrá decidir quién será responsable de pagar al síndico y el fondo o los bienes de los que se pueda recuperar la remuneración. A menos que el tribunal ordene lo contrario, el síndico solo podrá recuperar su remuneración después de que se haya determinado su monto . El párrafo 52.6.146 proporciona ejemplos de casos en los que un síndico puede no tener derecho a remuneración alguna. El receptor tiene derecho a sus costos, cargos y gastos, incluidos los gastos de llevar a cabo el negocio .

56.2.144 Cómo se determina la remuneración del síndico

El tribunal generalmente otorgará una remuneración al síndico que sea razonable y proporcionada después de tener en cuenta:

  • el tiempo empleado, por el síndico y su personal;
  • la complejidad de la administración judicial;
  • cualquier responsabilidad excepcional requerida;
  • la eficacia que el síndico es, o parece ser, en el desempeño de sus funciones; y
  • el valor y la naturaleza del objeto de la administración judicial .

56.2.145 Pruebas exigidas por el tribunal para respaldar una reclamación de remuneración

El tribunal exige que el síndico presente pruebas por escrito al solicitar que se acuerde su remuneración. Las pruebas deberán demostrar sobre qué base se reclama la remuneración, confirmar que se reclama de conformidad con las normas y ir acompañadas de un certificado, firmado por el síndico, en el que se declare que la remuneración es razonable y proporcionada . El tribunal puede solicitar información adicional al síndico y / o nombrar a un asesor para ayudar a determinar el nivel de remuneración .

56.2.146 Ejemplos en los que el síndico no ha recibido remuneración

Un fideicomisario que es nombrado síndico sobre la propiedad del fideicomiso generalmente no tiene derecho a remuneración . Un acreedor hipotecario legal en posesión que es nombrado síndico no se le permite la remuneración . En caso de que el tribunal designe a una parte interesada, se podrá o no pagar una remuneración, véase el párrafo 56.2.132. En ocasiones, el tribunal se ha negado a permitir la remuneración cuando la administración judicial no es complicada y abarca bienes de relativamente poco valor .

56.2.147 Prioridad de pago de la remuneración y los gastos del síndico

Cuando se acuerde, el síndico tiene derecho a que se le paguen su remuneración y costos después del pago de los costos de realización y cualquier cargo superior fuera de la acción, pero antes de todas las demás reclamaciones .

56.2.148 Las cuentas del síndico

El tribunal puede ordenar al síndico que prepare y entregue las cuentas . En este caso, el tribunal ordenará al síndico que prepare las cuentas en una fecha determinada o en intervalos especificados y que indique a quién deben notificarse .

56.2.149 Baja del síndico

Un síndico designado por el tribunal solo puede ser dado de baja por orden del tribunal a solicitud del síndico o de cualquier otra parte . Se ha considerado que esta norma es permisiva y un tribunal puede despedir al síndico antes de que termine sus funciones, por ejemplo, cuando el nombramiento haya pasado a ser innecesario . Cuando el receptor haya completado sus funciones, el receptor, o cualquier otra parte, deberá solicitar una orden de despido del receptor y de cancelación de la garantía, véase el punto 56.2.137.

56.2.150 Descarga del síndico-liquidación de la sociedad

Cuando una sociedad entra en liquidación voluntaria u obligatoria, un síndico designado por el tribunal no se descarga automáticamente . En algunos casos, el receptor puede ser descargado y reemplazado por el liquidador . Un liquidador en una liquidación voluntaria que también sea un síndico designado por el tribunal puede ser destituido del cargo de liquidador por los acreedores no garantizados .

56.2.151 Descargo del síndico – quiebra del deudor

La quiebra del deudor no da lugar a que un síndico designado por el tribunal se libere automáticamente . El síndico oficial debe considerar las circunstancias de la quiebra y la orientación de la Sección Técnica antes de presentar una solicitud al tribunal para que el síndico sea liberado (véase el párrafo 56.2.193).

56.2.152 El síndico oficial y los síndicos designados por el tribunal

Cuando el síndico oficial tenga que tratar con un síndico designado por el tribunal como resultado de una orden de liquidación o de quiebra, véase la orientación de la Parte 6. Los receptores designados por los tribunales son poco frecuentes porque existen alternativas menos costosas y/o más productivas.

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