Significado, Definición y Elementos Esenciales de la Fianza.
1. Significado de fianza :
El término fianza se deriva de la palabra francesa ‘bailor’ que significa entregar. Garantía es una entrega de bienes a condición de que el receipent deberá, finalmente, restaurar a la Bailor o disponer de ellos de acuerdo a la dirección del Depositario o disponer de ellos de acuerdo a la dirección de la Bailor.
2. Definición de garantía
el artículo 148 de la India, la Ley de Contrato de 1872 define garantía – Una ‘garantía’ es la entrega de bienes por parte de una persona a otra para algún propósito, en un contrato que, cuando el propósito se logra, será devuelto o de cualquier otra manera de acuerdo a las instrucciones de la persona que los presta. En garantía de la persona que entrega los bienes que se llama el ‘bailor’ y la persona a la que se entregan se llama el ‘aval’. Hay cinco tipos de garantía.
Ejemplos-Alquiler de bienes, automóviles, muebles, etc.
3. Elementos esenciales de garantía
Para constituir un contrato de garantía, las siguientes condiciones deben ser satisfechas.
(1) Entrega de posesión de bienes :
La entrega de bienes de una persona a otra para algún propósito es un elemento esencial de la fianza. De conformidad con el artículo 149 de la Ley de contratos de la India de 1872, la entrega al beneficiario de la fianza puede hacerse mediante cualquier acto que tenga por efecto poner los bienes en posesión del beneficiario de la fianza previsto o de cualquier persona autorizada para retenerlos en su nombre.
(2) Entrega de posesión en virtud de un contrato:
No puede haber fianza sin un contrato. todas las condiciones para un contrato válido deben cumplirse, como partes competentes, objeto legal de libre consentimiento, etc.
(3) Devolver o deshacerse de los bienes de acuerdo con la dirección :
En fianza, los bienes se entregan para un propósito específico. una vez cumplido el propósito, los bienes pueden ser devueltos al bailor en la misma dirección, condición o tal vez eliminados según lo indicado por bailor. Si la persona a la que se entregan los bienes no está obligada a devolverlos a la persona que los entrega o a tratar con ellos de conformidad con el mandato, su relación no será la de bailor y bailee.
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