Pagaré en India
Una Nota Breve En Pagaré
La suma de dinero prometida a pagar debe ser una cantidad cierta y definida. La ley relativa a los “Instrumentos Negociables” en una Ley de Letras de Cambio está codificada en el commonwealth. Casi todas las jurisdicciones, incluidas Nueva Zelandia, el Reino Unido y Mauricio, codificaron la legislación relativa a los títulos negociables. En la India entró en vigor la Ley de Instrumentos Negociables de 1881. Para entender el significado de título negociable, basta con decir que significa un pagaré, letra de cambio o cheque pagadero a la orden o al portador. Durante el Renacimiento, el pagaré estaba en uso en Europa. Más tarde, durante el siglo XX, el instrumento cambió sustancialmente tanto en uso como en forma y se agregaron algunos clausurados.
Historia del pagaré:
Prototipos comunes de letras de cambio y pagarés originados en China. Aquí, en el siglo VIII, durante el reinado de la dinastía Tang, utilizaron instrumentos especiales llamados feitsyan para la transferencia segura de dinero a largas distancias. Más tarde, este documento para la transferencia de dinero utilizado por los comerciantes árabes, que habían utilizado los prototipos de letras de cambio – suftadja y hawala en los siglos 10-13, luego dichos prototipos habían sido utilizados por los comerciantes italianos en el siglo 12. En Italia, 13–15 de siglos letra de cambio y pagaré obtener sus características principales y más fases de su desarrollo se han asociado con Francia (16–18 siglos, donde el endoso había aparecido) y Alemania (siglo 19, la formalización de Intercambio de la Ley). En Inglaterra (y posteriormente en los Estados Unidos) el Derecho cambiario era diferente del de Europa continental debido a los diferentes ordenamientos jurídicos
Artículo 4 de la Ley de Títulos Negociables de 1881:
“Pagaré”.-
Un “pagaré” es un instrumento por escrito (que no sea un billete de banco ni un billete de moneda) que contiene un compromiso incondicional firmado por el fabricante de pagar una determinada suma de dinero únicamente a una determinada persona o a su orden, o al portador del instrumento.
Para entender claramente la palabra “pagaré”, es conveniente referirse a la siguiente sentencia del Honorable Tribunal Superior de Andhra Pradesh.
Bolisetti Bhavannarayana @ … contra el Mercader de Telas Kommuru Vullakki … ; 1996 (1) ALD Cri 530, 1996 (1) ALT 917; Banco: K Agarwal, V R Reddy, N S Reddy; en este caso, se planteó la siguiente cuestión.
¿Si el documento de la demanda es un Pagaré? Si no, ¿cuál es su naturaleza?
Para responder a esta pregunta, se sostuvo lo siguiente: “En cuanto a la primera pregunta, podemos recordar el hecho de que la Ley de sellos indios de 1899 (en resumen, la” Ley de sellos”), aplica derechos de timbre a diversos documentos a tipos variables y, por lo tanto, es necesario determinar primero la naturaleza de cualquier documento antes de decidir la cuestión del derecho de timbre adecuado pagadero sobre dicho documento. Por consiguiente, la definición de “fianza” o de “pagaré” que figura en la Ley de sellos es importante únicamente a efectos de determinar la naturaleza de cualquier documento. En el artículo 2 22) de la Ley de sellos se define el”pagaré” de la siguiente manera:
“Pagaré” significa un pagaré tal como se define en la Ley de Instrumentos Negociables de 1881;
” También incluye un pagaré por el que se prometa el pago de cualquier suma de dinero de un fondo en particular que pueda o no estar disponible, o bajo cualquier condición o contingencia que pueda o no realizarse o realizarse.
En el contexto de esta definición de “pagaré” que figura en el artículo 2 22) de la Ley de sellos, la definición del término que figura en la Ley de Instrumentos Negociables de 1881 adquiere importancia. En el artículo 4 de esta última ley se define el “pagaré” de la siguiente manera:
“Un” pagaré ” es un instrumento por escrito (que no es un pagaré bancario ni un pagaré monetario) que contiene un compromiso incondicional, firmado por el fabricante, de pagar una determinada suma de dinero únicamente a, o a la orden de, una determinada persona, o al portador del título.
Ilustraciones
A firma instrumentos en los siguientes términos:
(a) ” Prometo pagar B o pedir Rs. 500.”
(b) ” Reconozco que estoy en deuda con B en Rs. 1.000, a pagar a pedido, por el valor recibido.”
(c) ” Mr.B, I. O. U. Rs. 1,000″.
(d) ” Prometo pagar B Rs. 500, y todas las demás sumas que se le adeuden.”
(e) ” Prometo pagar B Rs. 500, deduciendo el dinero que me deba.”
(f) ” Prometo pagar B Rs. 500 siete días después de mi matrimonio con C. “
(g) ” Prometo pagar B Rs. 500 por la muerte de D, siempre que D me deje suficiente para pagar esa suma.”
(h) ” Prometo pagar B Rs. 500 y para entregarle mi caballo negro el próximo 1 de enero.”
Los instrumentos marcados respectivamente a) y b) son pagarés. Los instrumentos marcados respectivamente con las letras c), d), e), f), g) y h) no son pagarés.”
Esta definición de pagaré en sí indica que puede haber varios tipos de pagarés. De esas diversas categorías de pagarés, algunos pueden ser tratados como “título negociable” en el sentido de la sección 13 de la Ley de títulos negociables y otros pueden no serlo, pero por ese mismo hecho, la naturaleza del documento no cambiará, si por lo demás se trata de un pagarés. En otras palabras, si un documento es un “pagaré” en el sentido del artículo 4 de la Ley, se seguirá ‘pagaré’, si entra o no entra dentro del significado del término “instrumento negociable” tal como se definen en la Sección 13 de la Ley. Por esta razón, opinan que el artículo 13 de la Ley de títulos negociables, o la definición del término “título negociable”, es totalmente irrelevante a la hora de decidir la naturaleza de un determinado documento como pagaré o de otro tipo. Del mismo modo y por razones similares, es totalmente irrelevante hacer referencia a las disposiciones del artículo 13 de la Ley al decidir la naturaleza de un documento como “fianza” o de otro tipo. Por consiguiente, cualquier disposición en contrario de las autoridades mencionadas en las órdenes de remisión no es una buena ley.”
El pagaré no es un documento compulsorio:
Genéricamente, no se necesitan atestadores para ejecutar un pagaré. En el caso de Chandabolu Bhaskara Rao, el Honorable Tribunal Superior de A. P sostuvo que ” Dado que el pagaré no es un documento compulsorio, incluso si se toman las firmas de los certificadores, después de su ejecución no equivale a la alteración material, y por lo tanto no se vicia. Por lo tanto, si existen entes certificadores o no en el momento de su ejecución es inmaterial, más aún cuando su ejecución es admitido.
La honorable Sentencia de Pleno Derecho del Tribunal Superior de Madrás reportada en Hariram v. I. T. Commissioner, (F. B.). En este caso se estaba examinando el siguiente documento, que decía lo siguiente:
” Pagaré ejecutado el 14-6-1947 a favor de Arunachala Chettiar, hijo de Kolakkara Chettiar, residente en la Aldea de Palappudi, aldea de Sathyamangammal, Gingi Taluk, por Kuppuswami Chettiar, hijo de Venkatachala Chettiar, residente en la aldea mencionada. Con respecto a la suma recibida de usted en Tiruvannamalai por mí en el año 1943 y dada por la apertura de una tienda Javuli por T. Arunachala Iyer la suma que se le debe es Rs. 3,000. Como esta suma de tres mil rupias tenía que pagarle, pagaré lo mismo junto con los intereses en Rs. 0-4-0 por mes por Rs. 100 en seis cuotas iguales, y descarga lo mismo. A este efecto es el pagaré ejecutado por mí con mi consentimiento.”
Sus Señorías sostuvieron que el documento en cuestión no es un pagaré, porque no hay compromiso incondicional de pagar una determinada suma de dinero.
La distinción entre el pagaré y el hundi o letra de cambio es explicada por su señoría Vradachariar, J., en estas palabras :
“Pero cuando el prestatario da su propio pagaré como parte de la transacción de préstamo, me parece artificial tratar que cada ‘promesa de pago’ obtenida en ese pagaré equivalga a un pago, y luego tratar de importar la teoría del pago ‘condicional’. “
Si El Pagaré Es Un Recurso Admisible:
1). “1. Si un demandante puede iniciar una acción para recuperar la cantidad que adelantó basándose en la contraprestación original cuando el pagaré a pie de la cual se entabla la acción es admisible como prueba en virtud del artículo 35 de la Ley de sellos, y, de ser así, en qué circunstancias ?
2. Si el pagaré es admisible como prueba, si se puede mantener una acción para recuperar la cantidad, ya sea sobre la teoría de “dinero recibido y recibido” o bajo las disposiciones de la Sección 70 de la Ley de Contratos. “
2). La cuestión se remitió al Tribunal de Hon’be, compuesto por siete Magistrados, por un Tribunal de División al que asistieron dos de sus señorías Obul Reddi y Madhava Reddy, JJ. si un demandante puede entablar una acción para recuperar la cantidad que adelantó basándose en la causa original de la acción cuando el título negociable que acredite la operación es inadmisible como prueba en virtud del artículo 35 de la Ley de sellos. “
La necesidad de remitir la cuestión a un banco más grande surgió como resultado de la opinión expresada por Gopal Rao Ekbote, J. ( como era entonces ) en Mohd. Jamal Saheb c. Munnar Begum,, que no está de acuerdo con el fallo del Pleno del Tribunal Superior de Madrás en Perumal Chettiar v.Kamakshi Ammal, ILR ( 1938 ) Mad 933 = ( AIR 1938 Mad 785 ( FB)). El sabio Juez, Gopal Rao Ekbote, sostuvo que el demandante puede recuperar su dinero a través del documento que es admisible como prueba porque está suficientemente sellado y que el artículo 91 de la Ley de Pruebas no impide que el demandante tenga éxito sobre una base extracontractual, es decir, en una acción por dinero que tuvo y recibió. Al llegar así a la conclusión, el sabio Juez parece haber sentido que no está obligado por la decisión del Pleno del Tribunal en ILR ( 1938 ) Mad 933 = ( AIR 1938 Mad 785 ( FB ) como ” dos decisiones decididas en 1918 por el Consejo Privado ( John v.Dodwell and Co. Ltd. AIR 1918 PC 241 y Juscurn Boid v. Prithichandlal, AIR 1918 PC 151) no fueron puestos en conocimiento del Banco Completo “. Teniendo en cuenta que los Tribunales Superiores de Allahabad, Bombay y algunos otros Tribunales Superiores han adoptado una opinión diferente de la expresada por el Pleno de cinco Magistrados del Tribunal Superior de Madrás en ILR ( 1938 ) Mad 933 ( 935 ) = ( AIR 1938 Mad 785 ( FB), la cuestión planteada anteriormente se remitió a un Tribunal más amplio para que la examinara.
El Pagaré Requiere el Impuesto de Timbre Adecuado:
Venkatasubbaiah v. Bhushayya, 1963 (1) An.WR (NRC) 31. Se trataba de un caso en el que el Honorable Tribunal Superior de A. P examinó el hecho del artículo 35 de la Ley de sellos. Sostuvo que los pagarés ejecutadas en otro Estado era responsable por el impuesto de timbre en el Estado donde fue producido, y por no pagar necesarios impuesto de timbre, el documento sería inadmisible. Para tal contingencia se aplicaría el artículo 19 de la Ley de sellos indios. De acuerdo con esta Sección, el pagaré emitido o hecho fuera de la India, antes de que se presente para su aceptación o pago o endosa, transfiera o negocie de otro modo en la India, colocará el sello adecuado y cancelará el mismo. Prima facie, dicha sección no se aplicaría al pagaré ejecutado en la India, y cualquier pagaré ejecutado en un Estado puede presentarse en cualquier otro Estado de la India con el sello que lleva en el pagaré, no es necesario pagar derechos de timbre adicionales. La sección 19 contempla que un pagaré emitido fuera de la India y utilizado en la India o en cualquier Estado, requiere un impuesto de timbre adecuado según la ley india.
Recomendaciones para enmendar el Artículo 35 de la Ley de Sellos postales de 1899
Considero que no está fuera de alcance el 178º Informe de la Comisión Jurídica de la India, en cuanto a las recomendaciones para enmendar el artículo 35 de la Ley de sellos postales de 1899 & “letras de cambio sobre pagarés”. La parte pertinente del informe dice lo siguiente:
Artículo 35 de la Ley de sellos postales de 1899 & “Letras de cambio sobre pagarés”:
La parte inicial del artículo 35 de la Ley de sellos postales de 1899 dispone lo siguiente: “Ninguna persona que, por ley o con el consentimiento de las partes, esté autorizada a recibir pruebas admitirá como prueba, para ningún fin, ningún instrumento con cargo al deber, ni ninguna de esas personas ni ningún funcionario público podrá actuar sobre él, registrarlo o autenticarlo, a menos que el instrumento esté debidamente sellado”.
Cláusulas (a) a (e)de la salvedad a la sec. 35 contener disposiciones que permitan que el instrumento se utilice como prueba en el momento del pago íntegro del impuesto de timbre (cuando no esté sellado) o en el momento del pago del impuesto de timbre deficiente (cuando haya una deficiencia en el impuesto de timbre ) y la salvedad permite el cobro de una multa de hasta diez veces como máximo el impuesto de timbre o la deficiencia, según sea el caso. La imposición de sanciones es, por supuesto, discrecional
Sin embargo, la cláusula (a) del artículo 35 no permite la validación del instrumento como se ha indicado anteriormente, en el caso de “letra de cambio o pagaré”. El resultado es que, si bien para todos los demás instrumentos existe un procedimiento prescrito para la validación posterior del instrumento mediante el cobro del impuesto de timbre o de la multa, ese procedimiento no está disponible en el caso de las “letras de cambio y pagarés”. Incluso si la parte que desea utilizarla como prueba está dispuesta a pagar el impuesto de timbre y la multa, no está autorizada a hacerlo, en lo que respecta a estos instrumentos. El documento se convierte en “papel usado”. Debido a este rígido procedimiento aplicado únicamente a las “letras de cambio y pagarés”, se permite a varios deudores escapar injustamente de la liabilidad.
Los tribunales indios tampoco han podido hacer justicia en los casos en que una de las partes se basa en una “letra de cambio o pagaré” que no está estampada o que no está estampada correctamente. Además, las disposiciones del artículo 91 de la Ley de pruebas también obstaculizan la presentación de pruebas orales en esos casos. Esto se desprende claramente de la ilustración b) que figura a continuación del artículo 91 de la Ley de pruebas. Estas discapacidades han dado lugar a un gran número de litigios en los tribunales. El Consejo Privado, el Tribunal Supremo y el Tribunal Superior han declarado su impotencia para superar estas disposiciones del artículo 35 en la medida en que impiden la validación de “letras de cambio y pagarés”. El resultado es que no se permite que estos instrumentos se utilicen como prueba “para ningún fin”.
En un caso novedoso en el Tribunal Superior de Andhra Pradesh, durante el tiempo en que nuestra moneda pasó del antiguo sistema de “rupias, anás y paise” al actual sistema de “naya-paise”, se ejecutó un pagaré que tenía que llevar un impuesto de timbre de 4 anás en virtud de la Ley de sellos, en un documento que llevaba un impuesto de timbre de “veinticuatro” naya-paise bajo el compromiso de que cada anna era igual a seis naya paise. Pero, bajo el nuevo sistema, el equivalente correcto de 4 annas era 25 paise, y la demanda fue desestimada por deficiencia del impuesto de timbre de una naya paisa. La ley nunca cambió. De hecho, un tribunal especial de siete Jueces del Tribunal Superior de Andhra Pradesh en L. Sambasivarao c. Balakotaiah AIR 1973 AP 343 (FB) confirmó una sentencia anterior de cinco Jueces del Tribunal Superior de Madrás en Perumal Chettiar c. Kamakshi Ammal (AIR 1938 Mad 785 (FB)). La sentencia del Tribunal Superior de Andhra Pradesh es exhaustiva y se refiere a toda la legislación pertinente. De hecho, se refiere a 133 decisiones de diversos tribunales. La cuestión es si esta injusticia resultante de la Ley de 1899 debe subsanarse permitiendo el pago de la deficiencia, con o sin sanción, según decida la autoridad competente.
En algunos casos, los tribunales inventaron varias teorías para conceder medidas de reparación, al sostener que la “letra de cambio o pagaré” era una garantía o que no contenía todas las condiciones del contrato y, por lo tanto, el artículo 91 de la Ley de pruebas no podía excluir las pruebas orales. En algunos otros casos, los tribunales han declarado que podría haber una acción sobre la deuda. Sin embargo, cada vez que se invocan tales motivos de inadmisibilidad, hay interminables litigios e incertidumbre. Una de las partes no sabría si en última instancia se aceptaría una alegación de ese tipo por superar la postura rígida del artículo 35 de la Ley de sellos y la norma igualmente estricta del artículo 91 de la Ley de pruebas.
En nuestra opinión, la justicia para quienes se han separado del dinero en virtud de una letra de cambio o un pagaré exige que se suprima esta disposición del artículo 35 y que el procedimiento para pagar el impuesto de timbre o la multa se aplique también a estos instrumentos. Eso aumentará aún más los ingresos del Estado. Este procedimiento también eliminará las controversias innecesarias sobre si la demanda puede enmendarse permitiendo al demandante demandar por la deuda y también eliminará las controversias sobre la admisibilidad de las pruebas orales.
La Comisión, tras considerar debidamente diversos aspectos, a saber, hacer justicia a los que se han separado del dinero, el beneficio que se acumulará al Estado mediante el cobro de derechos de timbre o multas, y la eliminación de controversias innecesarias, opina que, en la condición a) de la sec. 35 de la Ley del timbre, de 1899, las palabras “cualquier instrumento no ser un instrumento recargables con un deber que no excedan de diez naya paise sólo, o una letra de cambio o pagaré, quedará sujeto a todos acabo de excepciones de ser admitido en las pruebas”, las palabras “cualquier instrumento, podrán ser admitidos en evidencia”, será sustituido también se propone dar retrospectiva limitada operación de esta enmienda en todos los casos en los procedimientos ante los tribunales o autoridades a que se refiere bajo la sec. 35 no han llegado.
Alcance de la Presunción: Carga De La Prueba En Los Casos De Pagarés:
El Honorable Tribunal Supremo en Kundan Lal Rallaram c. Custodian, Evacue Property, Bombay , hablando por su señoría K. Subba Rao, J., considerando el alcance de la presunción, estableció la ley de la siguiente manera:
“El artículo 118 establece una regla especial de prueba aplicable a los títulos negociables. La presunción es de derecho y en virtud de ella un tribunal presumirá, entre otras cosas, que el negociable o endosado para su Consideración. En efecto, la carga de la prueba de falta de consideración recae en el fabricante del billete o en el endosante, según sea el caso. La frase “carga de la prueba” tiene dos significados: Uno, la carga de la prueba como una cuestión de derecho y la súplica y el otro la carga de establecer un caso; el primero se fija como una cuestión de derecho sobre la base de la súplica y de manera invariable durante toda la prueba, mientras que el último no es constante, sino que cambió tan pronto como una parte aduce pruebas suficientes para establecer la presunción en su favor. Las pruebas necesarias para desplazar la carga no tienen que ser necesariamente pruebas dirigidas o admisiones hechas por una parte opuesta; pueden comprender pruebas circunstanciales o presunciones de hecho o de derecho. El demandante que afirme haber vendido ciertos bienes al demandado y que se ejecutó un pagaré como contraprestación por los bienes y que está en posesión de los libros de contabilidad pertinentes para demostrar que estaba en posesión de los bienes vendidos y que la venta se reflejó a cambio de una contraprestación particular debe presentar dichos libros de contabilidad. Si el demandante retiene esas pruebas pertinentes, art.114, la Ley de pruebas permite al Tribunal establecer una presunción en el sentido de que, de presentarse, dichas cuentas serían desfavorables para el demandante. Esta presunción, si es planteada por un tribunal, puede, en determinadas circunstancias, refutar la presunción de derecho planteada en virtud del artículo 118 de la Ley sobre los Títulos Negociables.”
‘ In Haribhavandas Parasaran and Co. v. A. D. Thakur A. I. R. 1963 Mys. 107, se sostuvo que Es obligatorio que la presunción prevista en el artículo 118 a) se haga hasta que se demuestre lo contrario. El hecho de que la naturaleza de la contraprestación enunciada en el título negociable sea diferente de la alegada en la demanda puede tener que ser examinada por el Tribunal en una etapa posterior, junto con toda la prueba en este caso, al tiempo que se determina si se ha demostrado lo contrario a la presunción legal. Sin embargo, la mera existencia de tal hecho no justificaría, por sí sola, que el Tribunal no tuviera en cuenta el artículo 118 y planteara una cuestión que impusiera al demandante la carga de probar la consideración de un título negociable, cuya ejecución ha sido admitida. La carga de probar la falta de consideración aún debe recaer en el acusado.”
En Kundanlal v. Custodian, Evacue Property, se observó “Con referencia en particular al artículo 118 de la Ley de Títulos Negociables, el Tribunal Supremo observó lo siguiente: Tan pronto como se pruebe la ejecución, el artículo 118 de la Ley de Títulos Negociables impone al Tribunal la obligación de presumir a su favor que dicho título fue objeto de consideración. Esta presunción desplaza la carga de la prueba en el segundo sentido, es decir, la carga de establecer un caso se traslada al demandado. El demandado puede presentar pruebas directas para demostrar que el pagaré no estaba respaldado por la consideración, y si presentó pruebas aceptables, la carga recaerá nuevamente en el demandante, y así sucesivamente. El acusado también puede basarse en pruebas circunstanciales y, si las circunstancias en que se basa son convincentes, la carga también puede recaer de nuevo en el demandante”.
En Alex Mathew c. Philips una Sala del Tribunal Superior de Kerala tuvo ocasión de examinar la misma cuestión y la Sala sostuvo-
El verdadero principio en que se han alegado casos diferentes y se han aportado pruebas, en apoyo de ambos conjuntos de casos, es que la totalidad de las pruebas en el caso presentadas por el demandante y el demandado y las conclusiones formuladas por el Tribunal o que el Tribunal debe modificar, así como las presunciones de hecho y de derecho que deben extraerse de todos los hechos establecidos y las circunstancias concomitantes, deben examinarse en su conjunto para determinar si la presunción en virtud del artículo 118 a) de la Ley se ha refutado o no. No sería correcto simplemente sobre la base de la conclusión que negaba la consideración del caso del demandante, sostener que la presunción en virtud del artículo 118 a) ha sido refutada.
En Palaniappa Chettiar v. Rajagopalan A. I. R. 1928 Mad. 773. un Tribunal de Primera Instancia del Tribunal Superior de Honor de Madrás sostuvo que, cuando la consideración de la contraprestación en el pro-note es ciertamente falsa, la carga de probar la contraprestación se transfiere al titular del pagaré en lugar del propio autor del pagaré y, por lo tanto, sería mucho más fuerte cuando la contraprestación debe probarse contra terceros.
En G. Venkata Reddi v. Nagi Reddi . Basheer Ahmed Sayeed, J., al tratar una cuestión similar relativa a la carga de la prueba cuando no se hace constar el considerando del título negociable relativo a la contraprestación, (en el que el considerando del pagaré decía que se había pagado la contraprestación, pero en la demanda se alegaba que la contraprestación era el importe del arrendamiento, que debía pagar el demandado) sostuvo que la decisión en Palaniappa Chettiar c. Rajagopalan A. I. R. 1928 Mad. 773. prevalecería, ya que de lo contrario causaría una grave injusticia.
Para saber más sobre la historia del pagaré, las siguientes resoluciones pueden ser útiles para tener una idea clara.
1. Mohd. Jamal Saheb v. Munnar Begum,, que no concuerda con el fallo del Pleno del Tribunal Superior de Madrás en Perumal Chettiar v.Kamakshi Ammal, ILR ( 1938 ) Mad 933 = ( AIR 1938 Mad 785 ( FB)).
2. The decision of the Full Bench in ILR ( 1938) Mad 933 = (AIR 1938 Mad 785 ( FB ) como ” dos decisiones decididas en 1918 por el Consejo Privado (John v.Dodwell and Co. Ltd. AIR 1918 PC 241 y Juscurn Boid c. Prithichandlal, AIR 1918 PC 151 )
3. El Tribunal Completo de cinco Jueces del Tribunal Superior de Madrás en ILR ( 1938 ) Mad 933 ( 935) = (AIR 1938 Mad 785 (FB )
4. Pithi Reddy c. Velayudasivan, (1885-1887 ) ILR 10 Mad 94 y caso de Perumal Chettiar, ILR (1938) Mad 933 = (AIR 1938 Mad 785 (FB ) )
5. El Banco completo en el caso de Perumal Chettiar. ILR ( 1938) Mad 933 = AIR 1938 Mad 785 (FB)
6. El Pleno del Tribunal Superior de Madrás en el caso de Perumal Chettiar. ILR (1938) Mad 933 = AIR 1938 Mad 785 (FB), no es correcta y la decisión requiere ser anulada.
7. En el caso de Perumal Chettiar. ILR (1938) Mad 933 = AIR 1938 Mad 785 (FB)fue la tercera opinión expresada por el Pleno del Tribunal.
8. Sheikh Khan, (1881) ILR 7 Cal 256,
9. Golap Chund Marwaree v. Thakurani Mohokoom Kooaree. (1878) ILR 3 Cal 314
10. Sandalia Pramatha Natha v. Dwarka Nath Dey. (1896) ILR 23 Cal 851,
11. Esa opinión de Petheram. C. J., se basó en lo que se afirma en Farr v. Price, (1800) 1 East 55 = 102 ER 22 viz. Que la existencia de un pagaré sin estampar no impide al demandante recuperar la contraprestación original si los alegatos están debidamente enmarcados para ese fin.
12. En Indra Chandra c. Hiralal Rong. AIR 1936 Cal 127 y Mahatobuddin Mia v. Md, Nazir Joddar AIR 1936 Cal 170 R. C. Mitter. J., senting single, sostuvo que no es necesario que haya un contrato expreso independiente antes de la ejecución de dicho pagaré y que el hecho de que el dinero se haya prestado implica una promesa de devolverlo y el demandante en tal caso tiene una causa de acción sobre la promesa implícita, que es independiente del pagaré.
13. Firm Tarachand c. Tamijuddin, AIR 1935 Cal 658, donde dijo que si la causa de acción del demandante para recuperar el dinero se había completado antes de la ejecución del pagaré, tendría derecho a demandar y tener éxito en el original: pero si no basa su caso en la demanda en la consideración original, está fuera de los Tribunales porque el pagaré es inadmisible porque no está suficientemente sellado como prueba.
14. El Consejo Privado en Sadasuk Janki Das v. Sir Kishen Pershad, SIR 1918 PC 146 y siguió a la decisión en Sheik Akbar v. Sheikh Khan, (1881) ILR 7 Cal 256 y Nazir Khan, v. Raz Mohan, AIR 1931 ALL 185 (FB). Su opinión en el caso de 1935 fue que si la ejecución del pagaré y el préstamo del dinero son contemporáneos y constituyen parte integrante de la misma transacción y el pagaré se vuelve inadmisible como prueba, el demandante estará fuera de los Tribunales. El sabio Juez, con gran respeto hacia él, parecía oscilar entre las dos posiciones tomadas por los dos Presidentes de Tribunales de su Corte.
15. Krishnaji Narayan Parkhi v. Rajamal Manikchand Marwari, (1900) ILR 24 Bom 360 se refería a un caso de responsabilidad derivada de un hundi.
16. Chenbasapa c. Lakshman Ramachandra, (1894) ILR 18 Bom 369. Cuando se haya reconocido la distinción entre los casos en los que la demanda se interpone únicamente en el note o hundi y los casos en los que existe y puede haber una reclamación para recuperar el préstamo original.
17. Jacob 7 Co.v. Vicumsey. AIR 1927 Bom 437, siguió la decisión en (1900) ILR 24 Bom 360 en base a que es vinculante para él, al sostener que si el pagaré no está suficientemente sellado, el demandante puede continuar con la demanda sobre el préstamo.
18. Como la última opinión del Tribunal Superior de Allahabad expresada en AIR 1943 All 220 y está en conflicto con la decisión del Tribunal Superior de Madrás en el caso de Perumal Chettiar, ILR ( 1938 ) Mad 933 = ( AIR 1938 Mad 785 ) ( FB )
19. ( 1882 ) ILR 4 330, se observó que :”Mucho aunque nos haya deseado ser capaz de sostener que la de los bonos celebrado entre las partes no impide que el demandante-apelante de la recuperación en su cuenta indicada, nos encontramos incapaces de hacerlo. “
20. Ram Sarup c. Jasodha Kunwar, (1912) ILR 34 Todos los 158 que van en contra de la vista anterior se basaron en el dictum de Lord Kenyon en el conocido caso de (1800) 1 Este 55 = 102 ER
21. Banarasi Prasad v. Fazl Ahmad, (1906) ILR 28 All 298, aunque supuestamente seguía el caso de (1881) ILR 7 Cal 256
22. Baijnath Das v. Salig Ram, (1912) 16 Ind Cas 33 (All)
23. AIR 1929 All 254 y la opinión expresada por los sabios Jueces fue citada y respaldada por Sir Lionel Leach, C. J. en el caso de Perumal Cettiar, ILR (1938) Mad 933 = (AIR 1938 Mad 785) (FB) en la medida del alcance de la Sección 91 de la Ley de Pruebas.
24. Caso Baijanath Das (1912) 16 1º caso 33 (TODOS)
25. AIR 1931 ALL 183 (FB) anuló las decisiones de (1912) ILR 34 AII158 y (1906) ILR 28 AII 293 a que se hace referencia supra y siguió a las decisiones Parsotham Narain c. Taley Singh, (1903) ILR 26 AII 178 y Sheikh Akbar c. Sheikh Khan. (1882) ILR 7 Cal 256.
26. Miyan Bux c. Mt. Bodhiya, AIR 1928 AII 371 (SB).
27. Un Tribunal completo de cinco Jueces en AIR 1943 All 220 (FB).
28. Un Tribunal Completo del Tribunal Superior de Oudh integrado por Wazir Hasan, C. J. Srivastava y Raza, JJ. Sin embargo, adoptó una opinión diferente de la expresada en AIR 1931 All 183 ( FB )
29. El estuche de banco completo en AIR 1943 All220.
30. La decisión del Tribunal Completo en AIR 1921 All 183 ( FB ) requirió reconsideración.
31. Maung Chit c. Roshan and Co., AIR 1934 Sonó 339 = ILR 12 Sonó 500 (FB). Sin embargo, se encontró incapaz de estar de acuerdo con las proposiciones 4a y 6a de Sir Arthur Page C. J. ( que fueron respaldadas por el Pleno del Tribunal Superior de Madrás ) en base a que él ( Página C. J. ) no enunció correctamente la ley.
32. Ram Bahadur v. Dasuri Ram, (1913) 17 Cal LJ 399.
33. Mohd. Akbar Khan v. Attar Singh, 1936 All LJ 986 = AIR 1936 PC 171.
34. Una sala de división del Tribunal Superior de Allahabad en seguimiento de la decisión de la Sala en Pleno en AIR 1943 All 220 (FB)
35. La decisión del Tribunal en pleno, la cuestión apenas puede considerarse resuelta ; (Dhaneshwar Sahu v. Ramrup Gir, ILR 7 Pat 845 = (AIR 1928 Pat 426), donde Macpherson, J., solo se refirió a la base de stare decisis.
36. Un Tribunal de División del Tribunal Superior de Patna en Sarajoo Prasad c. Rampawari Devi. examinó la cuestión de si cada préstamo llevaba consigo un contrato de reembolso y, de ser así, el demandante tenía la posibilidad de presentar una demanda sobre la consideración original de la nota a mano.
37. Udaram Mangiram v. Laxman Marwari, AIR 1927 Nag 241 sostuvo que, aunque el pagaré se vuelve inadmisible como prueba por falta de sello adecuado, el acreedor puede recurrir a la transacción original en virtud del artículo 70 de la Ley de Contratos, que considera que el pagaré no existe, y pedir el reembolso de la contraprestación pagada. Esta decisión apoya la opinión de la magistrada, pero va en contra de la opinión de todo el Tribunal de Madras en el caso de Perumal Chettiar. ILR (1938) Mad 933 = AIR 1938 Mad 785 (FB).
38. Gulam Mohad. Labroo contra Habib Ullah. AIR 1966 J & K 127. Tras un minucioso examen de las causas en que se expresaban opiniones divergentes, no estuvo de acuerdo con la opinión expresada por el Pleno del Tribunal Superior de Allahabad en el asunto AIR 1943 AII 220 (FB).
39. K. Anantharajaiah v. Shivaramaiah. AIR 1968 Mts 148
40. The Full Bench decision of the Rangoon High Court in AIR 1934 Rang 389 = ILR 12 Rang 500 (FB) which was approved by the Full Bench of the Madras High Court.
41. Cuando se contrata un préstamo, es un término implícito del acuerdo que el préstamo debe reembolsarse (1913) 41 1nd App 142 (PC)
42. Cuando un pagaré o letra de cambio o cualquier otra cosa, es dado por el más estrecho al prestamista en relación con el préstamo, ya sea en el momento en que se contrae el préstamo o después, las condiciones en que se da y se toma es una cuestión de hecho y no de derecho, (1889) 22 QBD 610.
43. Re Romer and Haslam, (1893) 2 QB 286, pág. 296 y Bowen. L. J. (Ibíd. P. 300):Farr v. Price (1800) 1 East 55 = (102 ER 22)
44. Commr. De Impuestos sobre la renta, Bombay v. Ogale Glass Works Ltd., ( 1885-1887 ) ILR 10 Mad 94 y también los dos casos en Gopala Padayachi v.Rajagopal Naidu, AIR 1926 Mad 1148 y Chinnayya Naidu v. Srinivasa Naidu, AIR 1935 Mad 206 = ( 67 ad LJ 912), que marcaron una nota diferente, se mencionaron en la sentencia principal de Sir Lionel Leach, C. J., y en la sentencia del Juez Varadachariar, Krishnasami v. Rangaswami, (1884 ) ILR 7 Mad 112
45. Caso de Pothireddy, (1885-1887) ILR 10 Mad 94,
46. Muthusastrigal v. Viswanatha, ILR 38 Mad 660, pág. 663 = (AIR 1914 Mad 657 (2)).
47. Dula Meah c. Abdul Rahaman, 28 Cal WN 70 = 81 Ind Cas 461 = (AIR 1924 Cal 452),
48. El caso Brown c. Watts, (1808) 127 ER 870,
49. Re Romer & Haslam, (1893) 2 QB 286
50. Crowe v. Clay, (1854) V. 9 Exch
51. Payana Reena Saminathan v. Pana Lena Palaniappa, (1913) 41 Ind App 142 ( PC)
52. Dargavarabu Sarrapu v. Rampratabu (1902) ILR 25 Mad 580 (FB )
53. Jambhu Chetty c. Palaniappa Chettiar (1903) ILR 26 Mad 526,
54. Palaniappa Chetty v.Arunachellam Chetty, ( 1911 ) 21 Mad LJ 432
55. Felix Hadley & Co. v. Hadley (1898) 2 Ch 680 y Lord Maugham en Rhokana Corpn. Ltd. v. Comisiones de Impuestos Internos 1938 AC 380 observado en p. 433:
56. Chitty on Contracts (Vigésimo tercera edición )
57. El libro sobre Letras de cambio ( Vigésima segunda edición ) en la página 392 :
58. Taylor on Evidence Vol. 1 P. 276 (12ª Edición
59. El Tribunal Superior de Madrás en AIR 1926 Mad 1148 y AIR 1935 Mad 206, que entran en conflicto con el caso de Pothi Reddy, ( 1885-1887 ) ILR 10 Mad 94, ya que esas dos decisiones fueron remitidas y anuladas por el Pleno del Tribunal.
60. Caso Pothi Reddy (1885-1887) ILR 10 Mad 94, y Sheik Akbar v. Sheikh Khan, (1881) ILR 7 Cal 256
61. Chanda Singh c. Amritsar Banking Co., AIR 1922 Lah 307
62. Ram Jas v. Shahabuddin, AIR 1927 Lah 89.
63. Sohan Lal Nihal Chand v. Raghu Nath Singh, AIR 1934 Lah 606
64. Amin Chand v. Firm Madho Rao Banwari Lal, .
65. Las dos decisiones del Consejo Privado en AIR 1918 PC 241 y AIR 1918 PC 151
66. Caso de Sadasuk Janki Das, AIR 1918 PC 146
67. Three decisions of the Supreme Court in State of West Bengal v. B. K. Mondal and Sons,; New Marine Coal Co. c. Unión de la India, y Mulamchand c. Estado de Madhya Pradesh,
68. El caso a Royal Bank of Canada v. The King, 1913 AC 283, fue una apelación de la sentencia del Tribunal Supremo de Alberta. La principal controversia fue en cuanto a la validez de la ley ( Ley 1 Geo 5 C 9 de Alberta ) aprobada en 1910, que trataba sobre la venta de ciertos bonos.
69. Wilson v. Church, ( 1879) 13 Ch D 1 en p. 49,
70. Moses v.Macferlan, ( 1760 ) 97 ER 676
71. Sinclair v. Brougham, 1914 AC
72. véase Smith’s Leading Cases, Notes to Marriot v. Hampton, ( 1797)7 TR 269 = 2 Sm LC (11ª Ed. ) 421)
73. Brook’s Wharf and Bull Wharf Ltd. V. Goodman Brothers,) 1937 1 KB 534,
74. 1914 AC 398 de P. H. Wins-field en (1937) 53 LQR 447.
75. El caso Fibrosa Spolka Akcyjna c. Fairbarin Lawson Combe Barbour Ltd., 1943 AC 32;
76. Lothamasu Sambasiva Rao vs Thadwarthi Balakotiah: AIR 1973 AP 342
Conclusión:
Este artículo no da información sobre todos los aspectos del pagaré, por ejemplo, no mencioné el aspecto de las alteraciones materiales del pagaré, la alegación de falsificación, fabricación, etc.,. En la medida en que hay una serie de sentencias sobre el “pagaré”, es muy difícil discutir toda la jurisprudencia. Sin embargo, intenté presentar algunas normas sobre este aspecto. Un examen y una comprensión minuciosos de los dictados observados en las resoluciones anteriores, no tengo duda de que nuestro conocimiento sobre el aspecto del pagaré se enriquecerá. Es necesario introducir algunas enmiendas en el artículo 35 de la ley de sellos postales, 1899 &, “letras de cambio sobre pagarés”. No está fuera de alcance recordar las palabras del Señor Atkin ” Siendo principalmente un recibo, incluso si se combina con la promesa de pagar, no era un pagaré. Como el documento no registro o dicen registrar todos los términos del contrato entre las partes y como no había nada en el documento que explica cómo el dinero llegó a ser recibida de las partes no fueron impedidos de mostrando que era pagado por la forma de préstamo o depósito, o para algún otro propósito. “.
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# Chandabolu Bhaskara Rao c. Betha Saidi Reddy; decidido el 5 de abril de 2006
# Lothamasu Sambasiva Rao c. Thadwarthi Balakotiah ; AIR 1973 AP 342
# Comisión Jurídica de la India; Ciento setenta y ocho informes sobre recomendaciones para enmendar diversas leyes, tanto civiles como penales.; Diciembre de 2001
# Observado en K. P. O. Moideenkutty Hajee c. Pappu Manjooran & Anr ; JT 1996 (3), 329 ESCALA de 1996 (2)784; Magistrado Ramaswamy, K.
# En Kundanlal c. Custodian, Evacue Property (1963) 1 S. C. J. 347: (1963) 1 An.W. R. (S. C.) 85: (1963) 1 M. L. J. (S.C.) 85: A. I. R. 1961 S. C. 1316.
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